Lo que dejo el XIX Congreso Iberoamericano de Derecho del Trabajo y la Seguridad Social

 

La Dra. Maria Laura Lastres, fue participante del congreso, y nos trajo desde allí, varias notas con juristas latinoamericanos. Aquí les dejamos sus testimonios de la situación laboral en sus países. 

Dr. Jorge Cristaldo:

“El 80% de los trabajadores paraguayos están precarizados”….

 

 

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Dra. Camacho Castro (a la derecha)

La situación de la trabajadora Mexicana

 

Dr. Jacinto Flores

El Teletrabajo en Mexico.

La Seguridad Social en la Argentina: ¿Quién se encarga de la salud laboral de los trabajadores?

Las empresas argentinas tienen un gran incremento en costos por cada empleado contratado. Esto se debe a la administración ineficiente de la Seguridad Social, al no incorporar lo referido a la salud laboral, además de no atender todas las prestaciones que debieran incluirse

Buenos Aires, 07 de octubre de 2013-. Actualmente se debate el sistema de Seguridad Social y sus deficiencias en la Argentina, a raíz de uno de los proyectos de ley presentados recientemente, para incrementar contribuciones patronales a ciertas empresas. Este será uno de los temas que se expondrá por especialistas en derecho del trabajo y la seguridad social, de más de 20 países en el “XIX Congreso Iberoamericano de Derecho del Trabajo y la Seguridad Social”, organizado por la Asociación Iberoamericana de Derecho del Trabajo y la Seguridad Social, a realizarse del 30 de octubre al 01 de noviembre en la ciudad de Buenos Aires.

El proyecto apunta a aumentar las contribuciones laborales de aquellas empresas que tengan ganancias “extraordinarias”, un incremento en las alícuotas de las contribuciones patronales sobre la nómina salarial con destino a los subsistemas de Seguridad Social. En relación a este proyecto destinado a obtener mayores recursos para la Seguridad social, el Dr. Hugo Mansueti, Vicepresidente 1ro de la Asociación Iberoamericana de Derecho del Trabajo y la Seguridad Social, explica que hay otras falencias del sistema de seguridad social en nuestro país que deben ser debatidos en primer lugar: “Un sistema de seguridad social se compone con tres elementos: recursos, prestaciones y administración. Las falencias están dadas en los últimos dos elementos. Las prestaciones no se ajustan a los contenidos de la seguridad social aprobados por la OIT (Convenio N° 102 que no ratificó la Argentina). Se recarga el costo laboral, no incluyendo en la seguridad social todo lo referido a la salud laboral: el empleador debe pagar los salarios de enfermedad y control de ausentismo; contratar un seguro privado que tampoco se hace cargo de prevenir y reparar los accidentes laborales. La administración es ineficiente. Con alícuotas de contribución similares a las del resto del Mundo, no se atienden todas las prestaciones que debieran incluirse y las comprendidas son insuficientes”.

Dicho Convenio N° 102 de la OIT “Sobre la seguridad social (norma mínima) fue aprobado en el año 1952 y entró en vigor el 27 de abril de 1955 para los países que lo ratificaron, entre los cuales no está la Argentina. Este hecho marca un hito en el sistema de seguridad social del país. El Dr. agrega que, “en la Argentina la falta de ratificación del citado Convenio, encarece el trabajo dependiente porque obliga al empleador a hacerse cargo del pago de los salarios de enfermedad de sus dependientes, a lo que se suma el costo del control médico y la indemnización para el caso en que el contrato termine por incapacidad absoluta del trabajador”.

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