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Carta documento a Rocío Oliva: Maradona la quiere desalojar de su casa

En las últimas horas, le llegó a Oliva la orden de desalojar la casa que le había regalado el exfutbolista. Ella se descompensó tras recibir la notificación.

Después del amor, la guerra entre Rocío Oliva y Diego Maradona sigue sumando capítulos. Según informó el periodista Sebastián Tempone en "Desayuno americano", en las últimas horas le llegó a Oliva una carta documento de parte de los abogados de Maradona, en donde le requieren que abandone la casa en un plazo no mayor a 10 días.

Tras recibir la notificación, Oliva se descompensó y debió ser internada de urgencia en el Sanatorio Sarmiento del partido de San Miguel, según informó la periodista Laura Ubfal.

Recordemos que recientemente Oliva aseguró "ni el Papa me saca de esta casa". En RatingCero.com te habíamos adelantado que ella se buscó un abogado para hacerle juicio a Diego por haberla acusado de ladrona cuando le desaparecieron pertenencias antes de que ella se fuera de Dubai.

Antes de toda esta pelea, y después del compromiso el 14 de febrero en Roma, en marzo de 2014 se conoció la casa que Maradona le había regalado a Rocío en el barrio residencial de Bella Vista para que se instale con toda su familia.

CPACF Servicios

Registro de la Propiedad Inmueble

Recepción de trámites y diligenciamiento de pedido de informes de dominio, sistema de consulta índice de titulares (SICOIT) y Sistema de consulta índice Inhibiciones (SICOIN).

Sede: Corrientes 1441.

Horario: 8.30 a 15.00 horas.

Teléfono: 4379-8700 int. 125.

Mail: ghorbaty@cpacf.org.ar

wanda

Máxi López mandó una carta documento por el comercial de Wanda e Icardi

Mauro Icardi y Wanda Nara protagonizan un polémico comercial para una marca de gaseosas, en el que todo el tiempo se juega con la idea del “robo”, y finaliza con la canción de Babasónicos que dice “estoy mirando a tu novia, ¿y qué?”.

Sin nombrarlo, la alusión a Maxi López en más que evidente, por lo que el futbolista decidió accionar contra la marca, para que dejen de emitir la pieza publicitaria.

Según contó Jorge Rial en Ciudad Góti-K, el ex de Wanda envió carta documento a la empresa multinacional para que se levante el comercial de todos los medios de comunicación debido a que se siente “agraviado”.

Andrés y Manuel Beccar Varela, abogados del jugador de Sampdoria, notificaron a la central de la empresa, ubicada en Estados Unidos. Además, trascendió que el ex de Wanda iniciaría un juicio millonario por daño moral.

Quien respondió a las versiones fue Icardi, quien fiel a su estilo, mandó a su ex amigo a “juntar tapitas”.

“¿Qué pasa que hay gente que manda tantas cartas documento?”, se preguntó en Twitter. “¿No puede vivir sin nosotros?”, chicaneó. “Lo mejor de todo, es que vio la publicidad”, se burló.

“¿Por qué no te dedicás a juntar tapitas, mejor?”, finalizó, ácido, el novio de Wanda.

Recordemos que en el comercial se ve al jugador del Inter “robando” tapitas hasta juntar cinco, para luego canjearlas por una gaseosa, mientras la modelo lo espera en un auto de altísima gama.

Daño:

Art. 1.071 bis.. El que arbitrariamente se entrometiere en la vida ajena, publicando retratos, difundiendo correspondencia, mortificando a otros en sus costumbres o sentimientos, o perturbando de cualquier modo su intimidad, y el hecho no fuere un delito penal, será obligado a cesar en tales actividades, si antes no hubieren cesado, y a pagar una indemnización que fijará equitativamente el juez, de acuerdo con las circunstancias; además, podrá éste, a pedido del agraviado, ordenar la publicación de la sentencia en un diario o periódico del lugar, si esta medida fuese procedente para una adecuada reparación.

Jurisprudencia:

Barrantes, Juan Martín; Molinas de Barrantes, Teresa - TEA S.R.L. c/ Arte Radiotelevisivo Argentino S.A.

Cabe confirmar la sentencia que modificó la suma concedida en concepto de daño moral, en el marco de la demanda de daños y perjuicios promovida por particulares en virtud de la difusión de un informe periodístico, pues no han aceptado un cargo público ni asumido un rol influyente en el ordenamiento de la sociedad, ni tampoco han adoptado acto voluntario alguno ni pretendido influenciar en la resolución de asuntos públicos de un modo incompatible con los mecanismos naturalmente democráticos, por lo cual no han renunciado a su interés en la protección de su buen nombre y cuentan con argumentos para acudir ante los tribunales a fin de obtener la reparación de los perjuicios producidos por falsedades difamatorias, lo que no implica desconocer el interés general que puede suscitar la discusión pública de cuestiones de relevancia social como la de la temática que informó la investigación cuestionada en las actuaciones. (La jueza Argibay, en disidencia parcial, respecto a los agravios atinentes a que los montos concedidos en concepto de indemnización eran excesivos y constituían una censura encubierta, declaró inadmisible el recurso (art. 280 del CPCC)”.

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